Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Convenio de Transporte por Agua entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina (*), suscrito en la ciudad de Montevideo, el día 14 de octubre de 1994, que regula el transporte fluvial transversal de pasajeros y vehículos a efectuarse entre puertos de ambos países.