Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar un contrato de préstamo con la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, en los términos, plazos y condiciones que considere más convenientes, por un monto de hasta US$ 517.300.000 (quinientos diecisiete millones trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América), a los efectos de la cancelación anticipada de la deuda del ente con Petróleos de Venezuela S.A., por compras de petróleo crudo y derivados.