Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébanse el Convenio entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de India para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio (*), firmado en la ciudad de Nueva Delhi el 8 de setiembre de 2011, y su respectivo Protocolo.