Ley19000·2012

DECLARACION DEL DIA DEL TRABAJADOR RURAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/11/2012

Fecha de publicación

21/11/2012

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase el 30 de abril de cada año "Día del Trabajador Rural", como feriado no laborable pago para los trabajadores que desempeñan esa actividad.

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo organizará y promocionará, durante ese día, las actividades y medidas necesarias destinadas a difundir la importancia de la labor del trabajador rural en nuestro país.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de noviembre de 2012Promulgación (19000)
  2. 21 de noviembre de 2012Publicación (19000)