Ley19135·2013

DEROGACION DE DETERMINADAS LEYES QUE DISPONEN SORTEOS ESPECIALES CON DESTINO A LOS HOSPITALES MACIEL, PASTEUR Y PEREIRA ROSSELL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/09/2013

Fecha de publicación

14/10/2013

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Deróganse las Leyes N° 13.351, de 10 de agosto de 1965; N° 13.622, de 24 de octubre de 1967; N° 17.719, de 18 de diciembre de 2003, y N° 18.562, de 11 de setiembre de 2009.

Artículo 2Artículo 2

La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas asignará 3% (tres por ciento) de lo recaudado en las Loterías de Fin de Año y de Revancha de Reyes, el cual será otorgado a las siguientes entidades, en la proporción que se detalla a continuación: A) 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Hospital Maciel. - Proyecto 711 "Comisión Honoraria Inversiones Hospital Maciel". B) 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Hospital Pasteur. - Proyecto 712 "Comisión Honoraria Inversiones Hospital Pasteur". C) 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Centro Hospitalario Pereira Rossell. - Proyecto 713 "Comisión Honoraria Inversiones Hospital Pereira Rossell". (*)

Artículo 3Artículo 3

El resultante de esta asignación, será depositado a la orden de cada uno de los beneficiarios en la cuenta bancaria que a tales efectos se determine.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de setiembre de 2013Promulgación (19135)
  2. 14 de octubre de 2013Publicación (19135)
  3. 19 de diciembre de 2015Modifica redacción (19355)
  4. 19 de diciembre de 2015Modifica (19355)