Ley19296·2014

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JULIO HEBER ACUÑA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/12/2014

Fecha de publicación

30/12/2014

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable al señor Julio Heber Acuña, cédula de identidad N° 1.346.399-6, equivalente a 4 BPC (cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones).

Artículo 2Artículo 2

Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de diciembre de 2014Promulgación (19296)
  2. 30 de diciembre de 2014Publicación (19296)