Ley19339·2015

AUTORIZACION PRESTAMO ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y ANCAP A EFECTOS DEL PAGO DE DEUDA CON PETROLEOS DE VENEZUELA S.A.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/08/2015

Fecha de publicación

9 de noviembre de 2015

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar un contrato de préstamo con la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, en los términos, plazos y condiciones que considere más convenientes, por un monto de hasta el equivalente a US$ 267:000.000,00 (doscientos sesenta y siete millones de dólares de los Estados Unidos de América), a los efectos de cancelación anticipada de la deuda del ente con Petróleos de Venezuela S.A. (PEDEVESA), por compras de petróleo crudo y derivados.

Artículo 2Artículo 2

Dicho préstamo deberá ser garantizado con un fideicomiso en garantía, una prenda sobre flujos de caja u otra garantía que a criterio del Poder Ejecutivo asegure el pago puntual por el ente del capital prestado y sus intereses.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de agosto de 2015Promulgación (19339)
  2. 11 de setiembre de 2015Publicación (19339)