Ley19344·2015

AUTORIZACION AL PODER EJECUTIVO A CONDONAR LA TOTALIDAD DE LA DEUDA QUE MANTIENE EL BANCO NACIONAL DE CUBA CON EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/09/2015

Fecha de publicación

10 de setiembre de 2015

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

Autorízase al Banco Central del Uruguay a ceder en forma gratuita al Estado - Ministerio de Economía y Finanzas, la totalidad de la deuda que actualmente mantiene el Banco Nacional de Cuba con el Banco Central del Uruguay, en virtud de que la misma se encuentra totalmente previsionada. Una vez verificada la cesión, autorízase al Poder Ejecutivo a condonar la totalidad de la deuda antes referida, en mérito a las numerosas instancias de cooperación que nuestra República recibió de parte de la República de Cuba.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de setiembre de 2015Promulgación (19344)
  2. 9 de octubre de 2015Publicación (19344)