Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2014, con un resultado deficitario de: A) $ 31.488:672.000 (treinta y un mil cuatrocientos ochenta y ocho millones seiscientos setenta y dos mil pesos uruguayos) correspondientes a la ejecución presupuestaria. B) $ 6.301:970.000 (seis mil trescientos un millones novecientos setenta mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales. Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley como Anexo (*) y forman parte de la misma.