Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébanse el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y el Reino de Bélgica para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y Prevenir la Evasión Fiscal y su Protocolo, (*) firmados en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 23 de agosto de 2013.