Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República del Paraguay, para la Recuperación de Bienes Culturales y otros Específicos Robados, Importados o Exportados Ilícitamente, firmado en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el día 29 de junio de 2011. (*)