Ley19681·2018

MODIFICACION DEL TEXTO ORDENADO DE LA DGI, RELATIVO A BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LA PRODUCCION NACIONAL DE LUMINARIAS LED PARA ALUMBRADO PUBLICO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/10/2018

Fecha de publicación

11 de julio de 2018

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

(*) Encomiéndase al Poder Ejecutivo la incorporación de la presente disposición al Texto Ordenado 1996.

Artículo 3Artículo 3

Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar la exoneración de todo recargo, incluso el recargo mínimo, el Impuesto Aduanero Único a la Importación, la Tasa de Movilización de Bultos, la Tasa Consular y, en general de todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación de insumos para la fabricación de luminarias LED destinadas al alumbrado público de ciudades, villas, pueblos, centros poblados y rutas nacionales, siempre que sean no competitivos con la industria nacional. La reglamentación determinará las dependencias ministeriales que se encargarán de verificar el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la exoneración y de realizar los controles correspondientes.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de octubre de 2018Promulgación (19681)
  2. 7 de noviembre de 2018Publicación (19681)