Ley19883·2020

SUSPENSION DE PLAZOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS Y OTROS AL AMPARO DEL ART. 90 DE LA LEY 19.121

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de abril de 2020

Fecha de publicación

18/06/2020

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse suspendidos, a partir del 13 de marzo de 2020, el cómputo de los plazos legales y reglamentarios de los procedimientos administrativos disciplinarios, así como los de evaluación e incorporación en cargos presupuestados de las personas contratadas al amparo del artículo 90 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, desde el 13 de marzo de 2020, hasta el cese de la emergencia sanitaria nacional declarada por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020. Lo dispuesto en el inciso anterior regirá para el Poder Ejecutivo.

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo podrá disponer excepciones a la suspensión prevista por el artículo 1° de la presente ley, otorgando a los interesados las garantías del debido proceso.

Artículo 3Artículo 3

El cómputo de los plazos se retomará, sin perjuicio de los actos cumplidos, a partir del día hábil siguiente en que haya sido cesada la emergencia sanitaria nacional por parte del Poder Ejecutivo.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 4 de junio de 2020Promulgación (19883)
  2. 18 de junio de 2020Publicación (19883)