Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse suspendidos, a partir del 13 de marzo de 2020, el cómputo de los plazos legales y reglamentarios de los procedimientos administrativos disciplinarios, así como los de evaluación e incorporación en cargos presupuestados de las personas contratadas al amparo del artículo 90 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, desde el 13 de marzo de 2020, hasta el cese de la emergencia sanitaria nacional declarada por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020. Lo dispuesto en el inciso anterior regirá para el Poder Ejecutivo.