Artículo 1 — Artículo Unico
Prorrógase desde el 1° de febrero de 2021 hasta el 1° de febrero de 2025 la facultad del Poder Ejecutivo para encomendar al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el cumplimiento de las funciones transitorias de guardia perimetral en aquellas Unidades de Internación para personas privadas de libertad a determinar.