Artículo 1 — Artículo Unico
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo establecido en el artículo 374 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo Unico
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo establecido en el artículo 374 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020.
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