Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas de la inclusión de la obra del ingeniero Eladio Dieste, en Estación Atlántida, en la lista de patrimonio mundial de la humanidad de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.