Ley20170·2023

DECLARACION DEL DIA NACIONAL DEL BUTIA. 13 DE MARZO DE CADA AÑO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/07/2023

Fecha de publicación

21/07/2023

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Declárase Día Nacional del Butiá el 13 de marzo, el que será conmemorado anualmente en la República Oriental del Uruguay.

Artículo 2Artículo 2

Declárase de interés general la promoción y apoyo de actividades de arte, la realización de fiestas vinculadas al butiá (butiá odorata) y, especialmente, el desarrollo de productos derivados del butiá.

Artículo 3Artículo 3

Declárase de interés general el reconocimiento de los valores paisajísticos, de biodiversidad e histórico-culturales de los palmares de butiá.

Artículo 4Artículo 4

Declárase el palmar como patrimonio biocultural, a fin de promover la conservación de la biodiversidad y recursos genéticos de los territorios del palmar.

Artículo 5Artículo 5

Declárase de interés nacional la conservación y uso sustentable del palmar de butiá.

Artículo 6Artículo 6

Créase un plan de articulación de políticas públicas nacionales y departamentales para la conservación de este paisaje único en la región, en particular para su regeneración en el marco del uso sustentable

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de julio de 2023Promulgación (20170)
  2. 21 de julio de 2023Publicación (20170)