Ley20181·2023

FIJACION DE SOLUCIONES LEGALES PARA LA LIQUIDACION DE LOS ACTIVOS Y PASIVOS DE GAS SAYAGO S.A.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de noviembre de 2023

Fecha de publicación

17/08/2023

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Los activos y pasivos de Gas Sayago S.A. en liquidación, remanentes a la fecha, quedarán transferidos de pleno derecho a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas y a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland de acuerdo a sus respectivas participaciones accionarias. Ambos entes autónomos serán considerados a todos los efectos como sucesores a título universal de Gas Sayago S.A., desde la entrada en vigencia de la presente ley, a prorrata de sus respectivas participaciones accionarias.

Artículo 2Artículo 2

Exonérase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas y a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, en su calidad de sucesores a título universal de Gas Sayago S.A., de los pasivos actuales o futuros que la misma posea o se devenguen, por cualquier causa u origen, con: I) la Administración Nacional de Puertos y II) la Dirección General Impositiva, así como de los pasivos futuros que se devenguen con la Dirección Nacional de Aduanas.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de agosto de 2023Promulgación (20181)
  2. 17 de agosto de 2023Publicación (20181)