Ley20235·2023

DECLARACION DE LA PRIMERA SEMANA DEL MES DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO COMO SEMANA DE LA PREVENCION Y CONCIENTIZACION CONTRA LA VIOLENCIA Y EL ACOSO ESCOLAR, INCLUIDO EL CIBERACOSO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/12/2023

Fecha de publicación

1 de agosto de 2024

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase la primera semana del mes de noviembre de cada año como Semana de la Prevención y Concientización contra la Violencia y el Acoso Escolar, incluido el Ciberacoso, de conformidad con la resolución 207 EX/52 del Consejo Ejecutivo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

Artículo 2Artículo 2

Serán de interés nacional todos los actos que organicen las instituciones oficiales u organizaciones no gubernamentales formalmente establecidas vinculadas a la educación, la cultura y el deporte, así como también de la sociedad civil y otras partes interesadas cuya naturaleza esté relacionada directamente con la temática. La finalidad de los actos estará dirigida a organizar y articular esfuerzos tendientes a difundir, en esa semana, los efectos nocivos de la violencia y el acoso escolar, incluido el ciberacoso, en niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

Artículo 3Artículo 3

El Poder Ejecutivo dictará la reglamentación pertinente contemplando la forma más efectiva y oportuna en que el Ministerio de Educación y Cultura, la Secretaría Nacional del Deporte, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y el Ministerio de Salud Pública participen de los mencionados eventos.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de diciembre de 2023Promulgación (20235)
  2. 8 de enero de 2024Publicación (20235)