Ley20268·2024

DECLARACION DEL DIA NACIONAL DEL AJEDREZ, EL 27 DE MAYO DE CADA AÑO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/05/2024

Fecha de publicación

30/05/2024

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase el 27 de mayo de cada año, "Día Nacional del Ajedrez".

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Educación y Cultura, en coordinación con la Administración Nacional de Educación Pública, la Secretaría Nacional del Deporte y la Federación Uruguaya de Ajedrez, organizará la celebración del "Día Nacional del Ajedrez" y en ese marco, la realización de actividades destinadas a difundir la práctica de este deporte.

Artículo 3Artículo 3

Exhórtase a los Gobiernos Departamentales y a los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la celebración del "Día Nacional del Ajedrez" y a la realización de actividades vinculadas a la difusión y desarrollo de este deporte.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de mayo de 2024Promulgación (20268)
  2. 30 de mayo de 2024Publicación (20268)