Ley20356·2024

PROHIBICION DE ACTOS O PRACTICAS QUIRURGICAS NO TERAPEUTICAS EN ANIMALES DOMESTICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/09/2024

Fecha de publicación

10 de febrero de 2024

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Se prohíben los actos o prácticas quirúrgicos no terapéuticos realizados en perros (Canis familiaris) y gatos (Felis catus) con la sola finalidad de modificar su apariencia física o conducta, como la caudectomía, la otectomía, la oniquectomía y la cordectomía.

Artículo 2Artículo 2

A los efectos de esta ley, se entiende por: A) Caudectomía, la amputación total o parcial de la cola. B) Otectomía, la mutilación total o parcial de las orejas. C) Oniquectomía, la extirpación de las garras de un animal mediante la amputación total o parcial de las falanges distales o huesos terminales, de los dedos del animal, así como uñas y falanges. D) Cordectomía, la extirpación de la o las cuerdas vocales del animal.

Artículo 3Artículo 3

Las infracciones a dicha prohibición serán sancionadas conforme a lo previsto por los artículos 22 y 23 de la Ley N° 18.471, de 27 de marzo de 2009, y por su Decreto Reglamentario N° 204/017, de 31 de julio de 2017.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de setiembre de 2024Promulgación (20356)
  2. 2 de octubre de 2024Publicación (20356)