Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado laborable el día 30 de diciembre de 2025, para las personas radicadas en el departamento de Flores, con motivo de la celebración de los ciento cuarenta años de su fundación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado laborable el día 30 de diciembre de 2025, para las personas radicadas en el departamento de Flores, con motivo de la celebración de los ciento cuarenta años de su fundación.
Artículo 2 — Artículo 2
Extiéndase esta declaración para cada año venidero.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.