Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Acuerdo Interino de Comercio entre el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por una parte, y la Unión Europea, por otra parte, (*) suscrito en la ciudad de Asunción, Paraguay, el 17 de enero de 2026.