Artículo 1
LeyNº 2852·1903
JUBILACIONES Y PENSIONES. POLICIA Y CUERPO DE BOMBEROS
Documento Actualizado
Nacional generalRelacionadaSeguridad socialExcluida del modo laboral estándarPenal1900–1949Relacionada con lo laboralLey
Artículos (1)
Relaciones jurídicas
Esta norma afecta a
- Anotación, modificación o referencia — Ley 2179(artículo 1)(sin confirmar, confianza media)
Esta norma es afectada por
- Ninguna registrada.
Cronología
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.
- 17 de julio de 1903 — Promulgación (2852)