Ley5372·1916

BIENES INMUEBLES. CONCESION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de mayo de 1916

Fecha de publicación

1 de agosto de 1916

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para permitir a la firma social Ameglio Hermanos y Compañía seguir ocupando con las construcciones realizadas en el punto de arranque de la Carretera de Maldonado a Punta del Este el terreno fiscal en que ellas existen actualmente por el término de veinte años, a contar desde el 1° de Marzo de 1915, siempre que aquéllas sirvan de asiento permanente al establecimiento de molienda a que ahora están destinadas. Dentro de la misma área fiscal podrán los señores Ameglio Hermanos y Compañía ampliar su establecimiento con otros ramos de industria o comercio sometidos a todas las disposiciones de las leyes vigentes.

Artículo 2Artículo 2

Los señores Ameglio Hermanos y Compañía entregarán de inmediato en plena propiedad al Estado el muelle de hierro de su propiedad, debiendo facilitarse el acceso al mismo en la forma que determinen los reglamentos y pudiendo los concesionarios durante el término de la concesión usarlo gratuitamente.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de enero de 1916Promulgación (5372)
  2. 8 de enero de 1916Publicación (5372)