Ley5421·1916

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JOAQUIN SILVAN FERNANDEZ

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de mayo de 1916

Fecha de publicación

5 de junio de 1916

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial a la viuda e hijos menores del doctor Joaquín Silván Fernández una pensión alimenticia e inembargable de mil doscientos pesos anuales, que se servirá de rentas generales.(*)

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de mayo de 1916Promulgación (5421)
  2. 6 de mayo de 1916Publicación (5421)