Ley5433·1916

MINISTERIO DE GUERRA Y MARINA. ESCUELA NAVAL. DEPENDENCIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de diciembre de 1916

Fecha de publicación

13/06/1916

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

La Escuela Naval dependerá directamente del Ministerio de Guerra y Marina.

Artículo 2Artículo 2

Queda derogado el artículo 1.° de la ley de fecha 12 de Diciembre de 1907.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 12 de junio de 1916Promulgación (5433)
  2. 13 de junio de 1916Publicación (5433)