Ley5461·1916

REVISTA MEDICA DEL URUGUAY. SUBSIDIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de noviembre de 1916

Fecha de publicación

13/07/1916

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la "Revista Médica del Uruguay", órgano de la Sociedad de Medicina de Montevideo, una subvención de mil doscientos pesos anuales, pagadera por mensualidades. (*)

Artículo 2Artículo 2

La "Revista Médica del Uruguay" se publicará bajo la dirección científica de un Comité compuesto del Presidente de dicha Sociedad y tres de sus miembros, que serán necesariamente profesores de la Facultad de Medicina.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de julio de 1916Promulgación (5461)
  2. 13 de julio de 1916Publicación (5461)