Ley5471·1916

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA SAUBERAN DE IRIATBORDE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/07/1916

Fecha de publicación

25/07/1916

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña María Sauberán de Iriatborde una pensión de doscientos cuarenta pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de julio de 1916Promulgación (5471)
  2. 25 de julio de 1916Publicación (5471)