Ley5472·1916

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. SOFIA VIANA GIRO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/07/1916

Fecha de publicación

25/07/1916

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial a la señorita Sofía Viana Giró, como nieta de don Juan Francisco Giró, una pensión alimenticia e inembargable de setecientos veinte pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de julio de 1916Promulgación (5472)
  2. 25 de julio de 1916Publicación (5472)