Ley5480·1916

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES. OBRAS PUBLICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/07/1916

Fecha de publicación

21/07/1916

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para fijar, de común acuerdo con la sucesión de doña Camila Larriera de Williams, la forma, base de venta y condiciones de pago en que se enajenarán los terrenos destinados por decreto-ley de fecha 26 de Octubre de 1867 a ensanche de la ciudad y ejido del Salto. (*)

Artículo 2Artículo 2

Si el resultado de la venta fuera mayor de ciento cuarenta y siete mil pesos ($ 147.000.00), el excedente de esa suma se destinará al Municipio de Salto para la construcción de un puente insumergible sobre el arroyo Ceibal, que una la ciudad con los terrenos mencionados en el artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

Deróganse las disposiciones contrarias a la presente ley.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de julio de 1916Promulgación (5480)
  2. 21 de julio de 1916Publicación (5480)