Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la Sta. Elena Berro nieta del Coronel de la Independencia don José Pascual Antuña, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos veinte pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la Sta. Elena Berro nieta del Coronel de la Independencia don José Pascual Antuña, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos veinte pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.