Artículo 1 — Artículo 1
En el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se deducirá la cantidad de ochenta mil pesos.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
En el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se deducirá la cantidad de ochenta mil pesos.
Artículo 2 — Artículo 2
Quedan sin efecto las deducciones de sesenta mil pesos y de mil novecientos cincuenta pesos en la planilla número 2 (Legaciones), y veinte mil pesos y trece mil seiscientos pesos en la planilla número 3 (Consulados), del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores para el ejercicio corriente.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.