Ley5514·1916

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. PRESUPUESTO. MODIFICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de marzo de 1916

Fecha de publicación

14/10/1916

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

En el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se deducirá la cantidad de ochenta mil pesos.

Artículo 2Artículo 2

Quedan sin efecto las deducciones de sesenta mil pesos y de mil novecientos cincuenta pesos en la planilla número 2 (Legaciones), y veinte mil pesos y trece mil seiscientos pesos en la planilla número 3 (Consulados), del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores para el ejercicio corriente.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 3 de octubre de 1916Promulgación (5514)
  2. 14 de octubre de 1916Publicación (5514)