Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de rentas generales las cantidades necesarias para atender los gastos que se han producido con motivo de los actos preparatorios de la instalación de la Convención Nacional Constituyente, los de su instalación, funcionamiento y acto inaugural de sus sesiones ordinarias, así como también todos los que en lo sucesivo se produzcan como consecuencia de la reforma de la Constitución de la República.