Ley5571·1917

JUNTAS ECONOMICO ADMINISTRATIVAS. OBRAS PUBLICAS. SANEAMIENTO. CONTRATOS. APROBACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/05/1917

Fecha de publicación

19/05/1917

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el contrato celebrado "ad referéndum" el 23 de Febrero de 1916 entre el señor Presidente de la Honorable Junta Económico- Administrativa y el señor Rodolfo de Arteaga, en representación de la Empresa de Caños Maestros, con la modificación de la cláusula segunda establecida en el convenio firmado, también "ad referéndum", por la misma Empresa con el señor Oficial Mayor encargado del despacho del Ministerio del Interior, en virtud de cuyos contratos el Municipio de Montevideo adquiere de la citada Empresa todos los derechos de acreedora y demás que le corresponden por leyes o concesiones sobre los caños, comunicaciones y otras obras relacionadas con el saneamiento de la ciudad, salvo las excepciones que en el mismo contrato se establecen. (*)

Artículo 2Artículo 2

Modifícase, además, la misma cláusula segunda, dejándose establecido que el primer servicio de amortización se hará en la primera quincena de Enero de 1919.

Artículo 3Artículo 3

La Intendencia Municipal de Montevideo queda autorizada para emitir y servir las obligaciones que se estipulan en los contratos que se aprueban por el artículo 1.° de esta ley.

Artículo 4Artículo 4

Modifícase el artículo 9.° de la ley de 28 de Julio de 1913 en la siguiente forma: "Las cantidades que sean adeudadas por los propietarios, tanto por el colector, como por las comunicaciones, podrán ser abonadas al contado o en diez cuotas semestrales adelantadas, a contar de quince días después de la notificación de la cuenta respectiva. "En caso de optarse al pago por cuotas, los propietarios abonarán además el interés de 6 % anual. "En cualquier tiempo, los propietarios podrán cancelar su deuda sin pagar más intereses que los que correspondan hasta el día del pago definitivo."

Artículo 5Artículo 5

Sustitúyese el rubro "Sección Obras de Saneamiento" de la "División de Amanzanamiento y Saneamiento", planilla número 11 "Obras Municipales" del Presupuesto de la Intendencia Municipal, aprobado por ley de Septiembre 25 de 1911, por los siguientes: Sección Obras de Saneamiento Sección "Estudios y Proyectos" 1 Ingeniero ...................... $ 3.000 1 Ingeniero Ayudante ............. " 2.400 1 Ayudante Ingeniero ............. " 1.200 1 Dibujante ...................... " 840 1 Portero ........................ " 360 Sección "Conexiones" 1 Jefe Ingeniero ................. $ 2.400 1 Ayudante Técnico ............... " 1.200 1 Capataz General de Obras ....... " 1.200 1 Capataz ........................ " 720 Sección "Conservación Norte" 1 Jefe Ingeniero ................. $ 2.400 1 Ayudante Técnico ............... " 1.200 1 Dibujante ...................... " 840 1 Capataz ........................ " 720 Sección "Conservación Sud" 1 Jefe Ingeniero ................. $ 2.400 1 Ayudante Técnico................ " 1.200 1 Dibujante ...................... " 840 1 Capataz ........................ " 720 Sección "Administración" 1 Administrador General .......... $ 3.000 1 Oficial 1° ..................... " 1.440 1 Auxiliar ....................... " 600 "Depósitos y Talleres" 1 Jefe del Depósito .............. $ 960 1 Auxiliar ....................... " 600 1 Capataz de Talleres ............ " 720 1 Carpintero ..................... " 540 1 Herrero ........................ " 540 3 Peones, a $ 360 cada uno ....... " 1.080

Artículo 6Artículo 6

En las calles sin servicio de cloacas, que deban pavimentarse con asfalto, la Municipalidad ejecutará previamente las obras de alcantarillado.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de mayo de 1917Promulgación (5571)
  2. 19 de mayo de 1917Publicación (5571)