Artículo 1 — Artículo 1
Elévase a doscientos pesos anuales la pensión legal que percibe don Tulio Herrera de acuerdo con la ley de 13 de Marzo de 1829.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Elévase a doscientos pesos anuales la pensión legal que percibe don Tulio Herrera de acuerdo con la ley de 13 de Marzo de 1829.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.