Ley5598·1917

JUNTAS ECONOMICO ADMINISTRATIVAS. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/06/1917

Fecha de publicación

21/06/1917

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Junta Económico-Administrativa del Departamento de Cerro Largo para contratar con el Banco de la República un préstamo por una suma que no exceda de treinta mil pesos ($ 30.000.00), previa la intervención que corresponda al Poder Ejecutivo.

Artículo 2Artículo 2

La cantidad tomada en préstamo devengará el interés corriente para esta clase de operaciones.

Artículo 3Artículo 3

La amortización total del capital se efectuará en el término de cinco años en cuotas anuales del 20%.

Artículo 4Artículo 4

El servicio de intereses y amortizaciones será atendido con los siguientes recursos municipales: A) Cuatro mil pesos ($ 4.000.00) anuales del rubro "Vialidad Urbana" y "Obras Públicas". B) Dos mil pesos ($ 2.000.00) anuales del producido por concepto del uno por mil de la Contribución Inmobiliaria. C) Los créditos activos de la Intendencia por la construcción del afirmado en la ciudad de Melo, en la cantidad que lo requiera el servicio de intereses.

Artículo 5Artículo 5

El importe del préstamo será invertido en las siguientes obras: A) Establecimiento de Corrales de Abasto en la ciudad de Melo. B) Reparaciones en el cementerio de la misma ciudad. C) Construcción en una balsa en la Picada de las Bochas. D) Ornamentación de la Plaza Independencia de la ciudad de Melo. E) Reparaciones en el cementerio de la Villa de Río Branco. F) Ampliación de la Plaza de Deportes Físicos en la ciudad de Melo.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de junio de 1917Promulgación (5598)
  2. 21 de junio de 1917Publicación (5598)