Ley5639·1918

ELEVACION DE CATEGORIA A PUEBLO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de enero de 1918

Fecha de publicación

2 de julio de 1918

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Elévanse a la categoría de pueblos la agrupación de casas conocida con el nombre de "José Pedro Varela", en la 10.a sección judicial del Departamento de Minas (Corrales), y la que lleva la denominación "19 de Abril", en la 8.a sección del mismo Departamento.

Artículo 2Artículo 2

La primera de las mencionadas localidades conservará su denominación actual, llamándose "José Pedro Varela", y la segunda se denominará "Mariscala".

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de febrero de 1918Promulgación (5639)
  2. 7 de febrero de 1918Publicación (5639)