Ley5666·1918

CAJA DE PENSIONES MILITARES. BENEFICIOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de junio de 1918

Fecha de publicación

5 de agosto de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial un plazo de tres meses a doña Floriana Rodríguez para que pueda presentarse al Poder Ejecutivo amparándose a los beneficios que acuerda la ley de 24 de Febrero de 1911.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de mayo de 1918Promulgación (5666)
  2. 8 de mayo de 1918Publicación (5666)