Artículo 1 — Artículo 1
Declárase jubilado de la Nación, y comprendido en los beneficios de la ley de 5 de Mayo de 1838, al señor Luis E. Piñeiro, con la asignación de tres mil pesos anuales, sujeta a los impuestos de ley.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase jubilado de la Nación, y comprendido en los beneficios de la ley de 5 de Mayo de 1838, al señor Luis E. Piñeiro, con la asignación de tres mil pesos anuales, sujeta a los impuestos de ley.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.