Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el monto de la jubilación y la cédula correspondiente del maestro jubilado Andrés R. Pariente, tomándose como base para determinar el nuevo monto el actual sueldo de Director de Escuela de 2° Grado.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de julio de 1918
Fecha de publicación
6 de noviembre de 1918
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el monto de la jubilación y la cédula correspondiente del maestro jubilado Andrés R. Pariente, tomándose como base para determinar el nuevo monto el actual sueldo de Director de Escuela de 2° Grado.
Artículo 2 — Artículo 2
La cédula modificada empezará a regir desde el mes siguiente a aquel en que quede concluída la modificación.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.