Ley5730·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. AMANDA BALIÑAS. MARGARITA BALIÑAS. MARIA ZORAIDA BALIÑAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de agosto de 1918

Fecha de publicación

19/06/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a las señoritas Amanda, Margarita y María Zoraida Baliñas una pensión inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales, debiendo renunciar a la que perciben de acuerdo con la ley de 14 de Octubre de 1904, como hijas del ex empleado jubilado don Oscar J. Baliñas.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de junio de 1918Promulgación (5730)
  2. 19 de junio de 1918Publicación (5730)