Ley5779·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. PETRONA YORDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de diciembre de 1918

Fecha de publicación

27/06/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial a la señorita Petrona Yorda una pensión alimenticia e inembargable de doscientos cuarenta pesos anuales, quedando sin efecto la pensión legal que actualmente goza.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 12 de junio de 1918Promulgación (5779)
  2. 27 de junio de 1918Publicación (5779)