Ley5787·1918

CESION DE PENSION GRACIABLE. JUANA CHOPERENA DE ESTEVEZ

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/06/1918

Fecha de publicación

28/06/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Traspásase por gracia especial a doña Juana Choperena de Estévez, viuda del ex pensionista don Octubre A. Estévez, la pensión de trescientos sesenta pesos anuales que éste disfrutaba.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de junio de 1918Promulgación (5787)
  2. 28 de junio de 1918Publicación (5787)