Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a doña Hortencia Medrazo, viuda del doctor Cirino Alves, a sus hijos varones menores y a sus hijas mujeres mientras permanezcan solteras, una pensión inembargable de mil pesos al año.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a doña Hortencia Medrazo, viuda del doctor Cirino Alves, a sus hijos varones menores y a sus hijas mujeres mientras permanezcan solteras, una pensión inembargable de mil pesos al año.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.