Ley5793·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ELENA PIGRAU. CELIA PIGRAU. LUIS PIGRAU. ROBERTO PIGRAU. ANTONIO PIGRAU. CONRADO PIGRAU

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/06/1918

Fecha de publicación

27/06/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a las señoritas Elena y Celia Pigrau, mientras permanezcan solteras, y a los menores Luis, Roberto, Antonio y Conrado Pigrau, hasta que lleguen a la mayoría de edad, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos sesenta pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de junio de 1918Promulgación (5793)
  2. 27 de junio de 1918Publicación (5793)