Ley5797·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUANA RIOS. GILBERTA RIOS. MANUELA RIOS. MERCEDES RIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/06/1918

Fecha de publicación

27/06/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a las señoritas Juana, Gilberta, Manuela y Mercedes Ríos una pensión alimenticia de trescientos sesenta pesos anuales, en atención a los servicios prestados a la Nación por su causante señor Mariano Ríos, quedando sin efecto la pensión legal que actualmente disfrutan.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de junio de 1918Promulgación (5797)
  2. 27 de junio de 1918Publicación (5797)