Ley5814·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ROSA GUIMONT. SIXTA JUANA GUIMONT. EMILIA GUIMONT

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/06/1918

Fecha de publicación

28/06/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase por gracia especial hasta doscientos cuarenta pesos anuales, y en el carácter de alimenticia, la pensión legal que actualmente gozan las señoritas María Rosa, Sixta Juana y Emilia Guimont, mientras permanezcan solteras, como hijas del ex Guarda de 2.a clase del Resguardo de la Capital don Basilio Guimont.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de junio de 1918Promulgación (5814)
  2. 28 de junio de 1918Publicación (5814)