Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la señora Rosa Rodríguez de Doldán y señoritas Margarita, Enriqueta, Matilde y Rosa Doldán, esposa e hijas respectivamente, del jubilado don Eduardo Doldán Rodríguez, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales, quedando sin efecto la pensión legal que actualmente gozan.