Ley5826·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MANUELA JOSEFA BAREA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/06/1918

Fecha de publicación

7 de febrero de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase por gracia especial a ciento veinte pesos anuales la pensión que actualmente goza la señorita Manuela Josefa Barea, como hija menor del soldado del Cuerpo de Inválidos Braulio Barea.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de junio de 1918Promulgación (5826)
  2. 2 de julio de 1918Publicación (5826)